El 25 de octubre de 2023, se presentó el Decreto Supremo N° 227-2023-EF, dicho decreto tiene por objeto realizar modificaciones al Reglamento del Decreto Legislativo 1399, el cual tiene como finalidad impulsar el fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Estas modificaciones se llevan a cabo en conformidad con la Ley 31683, la cual promueve la reactivación económica de las MIPYMES a través del Fondo MIPYME EMPRENDEDOR.
Las modificaciones incluyen un cambio en el criterio de clasificación para determinar cuáles MIPYMES pueden ser beneficiarias del Fondo CRECER. Esto se ajusta a la Ley 31683 y sus disposiciones, con el objetivo de brindar un mayor respaldo a las MIPYMES.
Además, se realiza una modificación en la definición de Entidad del Sistema Financiero (ESF), con la finalidad de incorporar a las empresas mencionadas en el segundo párrafo de la Décima Novena Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 013-2020. Esto incluye a las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público que estén registradas en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, bajo la supervisión de la SBS.
En este sentido, se ajusta la aplicación de las disposiciones del Fondo CRECER para beneficiar a las MIPYMES en su conjunto.
Finalmente, se considera a los beneficiarios del Fondo CRECER que fueron incorporados después de la aprobación inicial del Decreto Legislativo 1399 y su Reglamento, mediante el Decreto de Urgencia 013-2020 y la Ley 31483. Estas últimas leyes buscan promover la formalización de las micro y pequeñas empresas a través del Fondo CRECER, junto con la Ley Nº 31683.
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