Comentarios de Dino Carlos Caro Coria para Semana Económica
, 22 de julio de 2024Alberto Fujimori ha sido puesto en el partidor para las elecciones de 2026 por Fuerza Popular, pero su postulación enfrenta varios obstáculos, contenidos en la Constitución y en la Ley Orgánica de Elecciones.
Alberto Fujimori volverá a la arena política. Tras firmar su afiliación al partido Fuerza Popular, la lideresa de la agrupación e hija del expresidente, Keiko Fujimori, ha anunciado que será su padre quien asumiría el rol de candidato presidencial para el proceso electoral 2026. Sin embargo, la legalidad de esta postulación está en entredicho.
Desde una perspectiva jurídica la eventual postulación de Alberto Fujimori se enfrenta varios impedimentos. El primero está contenido en la Constitución Política. En 2020, el Parlamento modificó el artículo 34 de la Carta Magna y agregó un apartado en el que se especifica que las personas con sentencia condenatoria en primera instancia por delitos dolosos con penas de cuatro años o más no pueden aspirar a cargos de elección popular. Sin embargo, para Carlos Caro, abogado especialista en derecho penal, la Constitución “no es definitiva” en dicho impedimento, puesto que la defensa de Fujimori puede argumentar que ya no se trata de un condenado en primera instancia.
A juicio de Caro, el otro obstáculo que enfrentaría la candidatura de Alberto Fujimori se encuentra en la Ley Orgánica de Elecciones y resulta más complejo de salvar. El artículo 107 de la referida ley contempla dos restricciones importantes para este caso. Una de ellas está contenida en el literal (i), que establece que “las personas condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de delito doloso” están impedidas de postular a la presidencia o vicepresidencias de la República.
La segunda restricción está contenida en el literal (j) del mismo artículo 107, que señala que no pueden postular a la presidencia ni a las vicepresidencias “las personas que, por su condición de funcionarios y servidores públicos, son condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión, en calidad de autoras, de delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios, aún cuando hubieran sido rehabilitadas”. Alberto Fujimori recae en esta categoría.
Nuestro sitio web usa cookies para recolectar información sobre su interacción con esta web a fin de mejorar su experiencia de navegación y poder realizar análisis sobre las visitas a la web. Para conocer más acerca de las cookies visite nuestra Política de Privacidad y Cookies