Caro & Asociados

«El Tribunal Constitucional estableció (…) que la concesión de la libertad condicional o la semilibertad a favor de un interno “está condicionada a una evaluación judicial previa”, que debe determinar si el condenado está apto para “ser reincorporado a la sociedad”. Agrega que este debe haber dado muestras “evidentes y razonables de haberse reeducado y rehabilitado”».

Dino Carlos Caro Coria comenta para el Diario El Comercio (Perú) (08.09.19), sobre la situación legal de Antauro Humala, quien cumple condena por homicidio simple, y en cuanto a la posibilidad que pueda acceder al beneficio de libertad condicional, la cual debe ser evaluada por un juez.

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