“… los argumentos no son vinculantes (…) en los 3 votos que se han emitido en grupo, mencionan de que no está probada la organización criminal (…) Eso no es vinculante, ya que son consideraciones propias de los jueces (…) Ellos no son jueces penales, por lo tanto, no se puede utilizar en el proceso penal. Lo único vinculante es la parte final, declarar fundado o infundado”.
Entrevista a Dino Carlos Caro Coria en ‘De6a9’ de Canal N (02.12.19), sobre la sentencia del Tribunal Constitucional, que liberó de la prisión preventiva a Keiko Fujimori, y en cuanto a la posibilidad que la Fiscalía puede solicitar nuevamente medidas restrictivas contra ella, aportando nuevos elementos de convicción.
📌 Entrevista completa aquí ▶ https://bit.ly/2raph1Y