Carlos Caro comenta hoy en Diario Gestión, sobre el fallo de la Sala Penal de la Corte Suprema, que determinó que no existe responsabilidad penal por delito ambiental de una empresa solo por ser gerente general, representante, director o tener un cargo de control (Casación N° 455-2017/Pasco ganada por Caro & Asociados).
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