«Efectivamente, hay ordenamiento jurídico -anterior y reciente- que regula la expropiación, pero de propiedades inmuebles. Una clínica se compone de conglomerados o unidades de negocio y tiene categoría de persona jurídica. La figura es diferente”.


Nuestra directora del área de Solución de Controversias y Litigios, María Alejandra Quintana Gallardo, comenta para
RPP Noticias, sobre la evaluación por parte del Gobierno de expropiar «temporalmente» los establecimientos de salud privados si sus administradores mantienen tarifas de atención elevadas y no acuerdan un precio con el Ejecutivo.
