Caro & Asociados

“El juez constitucional no es un juez penal. A lo más puede valorar la coherencia de un razonamiento probatorio. Lo que podría hacer el TC es cuestionar un razonamiento probatorio, decir que no se han ponderado bien las pruebas de descargo, por ejemplo. Pero ese razonamiento [el del fallo conjunto de Blume, Sardón y Ferrero] es inconstitucional”.

Dino Carlos Caro Coria comenta en Diario El Comercio (Perú) (29.11.19), sobre el análisis legal de la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró fundado el hábeas corpus, presentado en busca de anular la prisión preventiva de Keiko Fujimori.

📌 Nota completa aquí  https://bit.ly/2Y7a4uV

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